Mediante sentencias: TC y TSA confirman legalidad del reglamento de Roaming nacional emitido por INDOTEL


Santo Domingo. - El Tribunal Constitucional de RepĂşblica Dominicana (TC) y el Tribunal Superior Administrativo (TSA) establecieron mediante sendas sentencias, la legalidad de la ResoluciĂłn nĂşmero 070-2023 emitida por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), y la legitimidad del organismo regulador para adoptarla.

En su sentencia, el TC rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por Altice Dominicana y la Compañía Dominicana de Teléfonos (Claro), contra la Resolución número 070-2023, emitida por el INDOTEL. Esta resolución establece el Reglamento del Servicio de Itinerancia (Roaming) Automático Nacional (RAN) en beneficio de los usuarios del servicio telefónico. Con esta medida, el alto tribunal ha confirmado que no se está limitando el derecho de propiedad de las prestadoras propietarias de la red.

En cambio, este Tribunal habilita para que las prestadoras, temporalmente, tengan acceso a los servicios que por ellas se pueden prestar cuando las condiciones son difíciles de replicar la infraestructura, pagando un precio basado en el costo del servicio más una remuneración razonable de la inversión realizada. Para los usuarios, el servicio de RAN no significará cargos adicionales.

En tanto que el TSA, a travĂ©s de su Cuarta Sala, decidiĂł los recursos contenciosos interpuestos, ratificando la facultad que la Ley General de Telecomunicaciones le da al INDOTEL para asegurar el derecho de informaciĂłn y comunicaciĂłn segĂşn las disposiciones de este texto legal. 

En una nota enviada a los medios, INDOTEL explicó que con la medida se busca establecer reglas que promuevan la competencia y eviten distorsiones en el mercado. Esto permitirá que, mediante acuerdos libremente negociados, un operador (red de origen) pueda hacer uso de la red de otro (red visitada) en los lugares donde no tiene cobertura o infraestructura propia, sujeto a las condiciones de uso y pago por acceder a esa infraestructura.

El reglamento establece que ambas prestadoras (de red de origen y red visitada) cuenten con condiciones técnicas adecuadas que no degraden la calidad de los servicios de voz, SMS y datos, de acuerdo con las normativas vigentes para la prestación de servicios móviles.

La puesta en vigencia de este reglamento promueve la competencia, facilita la entrada de nuevos operadores, mejorar la cobertura de los pequeños operadores y fortalece la penetraciĂłn de servicios por operadores, pudiendo reducir la concentraciĂłn de mercado.    

Asimismo, el reglamento establece que no se requiere de una solicitud del usuario para su implementaciĂłn. Las prestadoras interconectadas están llamadas a facilitar esta herramienta a nivel de sus redes mediante un proceso automático de autenticaciĂłn, registro y activaciĂłn. El servicio del usuario cambiará de la red de origen a la red visitante, y viceversa sin demoras ni interrupciones perceptibles. 

Los usuarios serán informados por su prestadora de las zonas de cobertura propias, las zonas de Roaming nacional, las condiciones y restricciones de servicio, así como de los terminales móviles aptos para su realización, informó el INDOTEL.

DestacĂł que la calidad del servicio brindado a los usuarios de la red de origen debe ser igual a la ofrecida a los usuarios locales de la prestadora de la red visitada. 

El INDOTEL sostuvo que las averías o problemas con el servicio mientras utilicen el RAN serán atendidas directamente por su prestadora. En caso de congestión de las redes por un alza imprevista en el volumen de tráfico generado por la prestadora de la red de origen, la prestadora dueña de la red visitada puede tomar medidas para dar prioridad a sus clientes.

ExplicĂł que como beneficios especĂ­ficos del Roaming nacional en el paĂ­s, se encuentran minimizar el riesgo de que los usuarios mĂłviles dejen de tener acceso a las telecomunicaciones por limitaciones de cobertura de su proveedor de servicio e incentiva la competencia entre un mayor nĂşmero de operadores a travĂ©s de la reducciĂłn de las limitaciones de cobertura geográfica. 

Otros beneficios, fomenta una competencia más equilibrada, estimulando que las empresas se enfoquen en calidad del servicio, variedad de soluciones y precios bajos.  

La medida facilita, asimismo, la entrada de nuevas prestadoras de servicio mĂłvil y mejora la experiencia de servicio de los usuarios mĂłviles garantizando la continuidad y calidad del servicio a travĂ©s de mĂşltiples redes.  

Igualmente, favorece el uso eficiente de las inversiones de capital en la infraestructura de redes mĂłviles y presenta más opciones para los usuarios elegir al prestador de servicios que a su criterio le convenga.  

El INDOTEL señaló que el próximo paso para la puesta en práctica de este servicio será la firma de acuerdos por parte de las prestadoras.




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