Ministerio de Trabajo recuerda a los empleadores que deben presentar la Planilla del Personal Fijo (DGT3) antes del 15 de enero 2026
Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo les recuerda a todos los empleadores, presentar ante la DirecciĂłn General de Trabajo (DGT), la Planilla del Personal Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince dĂas del mes de enero de 2026.
De igual manera, recuerda que las Planillas de Personal Fijo se renovarán anualmente y se depositarán ante la DGT a más tardar el dĂa 15 de enero, de acuerdo a lo establecido en el artĂculo 15 del reglamento 258-93, para la aplicaciĂłn del CĂłdigo de Trabajo. Para la renovaciĂłn es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los establecimientos para poder continuar con el registro del sistema.
El documento debe ser registrado a travĂ©s de la siguiente direcciĂłn electrĂłnica https://ovi.mt.gob.do, procediendo a registrar sus trabajadores en el establecimiento en que estĂ© prestando sus servicios y una vez estĂ©n seguros de que las informaciones contenidas en la planilla estĂ©n correctas, deberán proceder a realizar el pago correspondiente por medio de una de estas dos vĂas: a) realizar una transacciĂłn electrĂłnica con tarjeta de crĂ©dito o de dĂ©bito, b) adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.
Para los registros de nuevas empresas o empleadores, el procedimiento es el siguiente:
Primero: deben ingresar a la siguiente direcciĂłn https: //ovi.mt.gob.do, presionar la opciĂłn de nueva empresa para crear el usuario.
Segundo: una vez creado el usuario, siguiendo los pasos del sistema, completará los datos de la empresa y establecimiento.
Tercero: finalizado todo el registro de los trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generará el monto a pagar.
Cuarto: finalmente realizar el pago mediante una de estas opciones: a) realizar una transacción electrónica con tarjeta de crédito o de débito; b) adquirir un PIN en una de nuestras Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.
Transcurrido el plazo de los primeros quince dĂas de enero sin que el empleador haya cumplido con este mandato legal, será susceptible de las sanciones penal laboral contempladas en el CĂłdigo de Trabajo.
Para mayor informaciĂłn deben comunicarse con nosotros al correo electrĂłnico sirla.info@mt.gob.do, o llamar a los nĂşmeros 809-535-4404, opciĂłn 1, o a las extensiones 3004 a la 3005 y 3016.



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